¿Cómo poner fin a un contrato de arrendamiento?
Hay circunstancias por las que tienes que poner fin al contrato de arrendamiento
Aunque estés satisfecho con tus inquilinos hay veces que, por diversas circunstancias tienes que poner fin al contrato de arrendamiento. O un inquilino ya sea por razones personales o profesionales, puede desear romper el contrato. Conocer cómo hacerlo te puede salvar de situaciones incómodas y de problemas.
Revisar el documento del contrato de arrendamiento
Tanto si eres un propietario como un arrendador, lo primero que hay que hacer es revisar el contrato a fondo. En él deben estar recogidas las responsabilidades de ambos, en caso de poner fin a la relación.
Además, hay otro dato que también debes tener presente: la fecha de la firma del contrato. En diciembre de 2018 entraba en vigor un nuevo decreto del alquiler, que modificaba algunos aspectos que afectan al fin del contrato de arrendamiento.
Aspectos que afectan al fin del contrato de arrendamiento
- Se amplía de tres a cinco años la prórroga obligatoria, siempre que el casero sea una persona física. En el caso de las personas jurídicas, la duración se eleva a siete años. Además, la prórroga tácita se eleva de uno a tres años en ambos casos.
- Preaviso. El casero deberá informar al inquilino con cuatro meses de antelación, mientras que el inquilino deberá avisar al casero con cuatro meses.
¿Cómo se comunica el fin del contrato de arrendamiento?
Hay que enviar un requerimiento. Requerimiento que ha de ser fehaciente para que quede prueba, por lo que habrá de remitirse mediante burofax (con acuse de recibo y certificación de texto), correo certificado colegial, telegrama o conducto notarial.
¿Cuáles son los motivos habituales para poner fin al contrato de arrendamiento?
En el caso del propietario:
- No pagar el alquiler. El impago de dos mensualidades consecutivas o tres alternativas en el mismo año pueden ser causa de resolución del contrato.
- Impago de la fianza.
- Subarrendar la vivienda. Si no consta por escrito la posibilidad de subarrendar y esta se realiza sin consentimiento del propietario puede ser motivo de resolución del contrato.
- Daños causados por el inquilino en la vivienda o realizar obras no consentidas por el propietario.
- Llevar a cabo actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas dentro de la vivienda.
- Si el casero necesita recuperar la vivienda. El propietario puede poner fin al contrato después del primer año, si demuestra necesidad de la vivienda para él mismo o para algún familiar directo (en primer grado de consanguinidad). Esta excepción solo será válida si se ha incluido ese supuesto de manera expresa en el contrato inicial.
En el caso del inquilino:
- Si el arrendador se niega a realizar las reparaciones en la vivienda.
- Si el arrendador no facilita el goce y uso pacífico de la vivienda.
- Si pasados los primeros 6 meses desde la firma decide abandonar la vivienda y lo comunica con más de 30 días de antelación.
Para poner fin al contrato de arrendamiento es importante cumplir los plazos y enviar un requerimiento. Así evitamos problemas que son más complicados de solucionar. Si tienes cualquier duda, llámanos. En Sirera y Saval podemos ayudarte a que este proceso sea lo menos incómodo posible para ti y tus intereses.
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