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El concurso exprés, ¿cuándo se aplica?

El concurso exprés, ¿cuándo se aplica?

El concurso exprés está pensado para pymes y comercios, porque es un procedimiento más rápido y económico

El concurso exprés, ¿cuándo se aplica? Vamos a verlo con un ejemplo. Supongamos que una empresa tiene dificultades reales para hacer frente a sus obligaciones financieras, laborables y/o fiscales. Lo habitual en estos casos es solicitar un concurso de acreedores con el objeto de liquidar la deuda. La fórmula más rápida para resolver este largo proceso es optar por un concurso exprés, siempre cuando la empresa deudora se encuentre en la situación que ampara este procedimiento y cumpla los requisitos.


¿Quién puede acogerse a un concurso exprés?

Lo que se trata de evitar con este tipo de procedimiento exprés es que un deudor que carece de patrimonio para hacer frente a los gastos procesales del propio concurso, inicie un procedimiento que le generaría más deuda de la que ya tiene. El concurso exprés está pensado para pymes y comercios, porque es un procedimiento más rápido y económico, aunque cualquier tipo de empresa puede optar a él. La peculiaridad principal que tiene el concurso exprés es que es el juez competente para conocer del concurso es el que, de oficio, acuerda en la misma resolución la declaración del concurso y su conclusión. 


¿Cuándo se aplica el concurso exprés?

El primer requisito es que el juez, una vez valorada la documentación aportada por la empresa deudora entienda, de una forma evidente, que el patrimonio del concursado va a ser insuficiente para hacer frente a los previsibles créditos contra la masa del procedimiento, o lo que es lo mismo, a los posibles gastos del procedimiento. 

Es importante aclarar que no se podrá ejercitar acción alguna encaminada al incremento, de una manera u otra, del patrimonio del deudor. Por lo tanto deberá descartarse la responsabilidad de terceros en la deuda o posibles acciones de reintegración. 

En caso de que existiera esa posibilidad, puede darse la circunstancia de que sí que se pueda hacer frente a los créditos contra la masa del procedimiento, y por lo tanto, no proceda la conclusión del concurso en este momento inicial del mismo. 

En este punto, es necesario destacar que recientemente, se ha publicado el Real Decreto legislativo de 1/2020, de 5 de mayo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal y que entró en vigor el 1 de septiembre de 2020. En dicha normativa no se hace referencia a la ausencia de previsibilidad de ejercicio de la acción de impugnación. Además se incluye un requisito más para que se pueda acordar la conclusión del concurso en el auto que acuerde su declaración: no se debe prever que pueda calificarse el concurso como culpable. 


¿Cómo se establece si el patrimonio del deudor es suficiente para hacer frente a los previsibles gastos del procedimiento?

Para ello se deberá valorar los bienes y derechos  propiedad del deudor que sean embargables, teniendo en cuenta las cargas que pesen sobre los mismos y su valor real. No se deberá computar los bienes inembargables.  Es posible que en el patrimonio del deudor se encuentren bienes y derechos que pertenezcan a un tercero, y que por lo tanto no deban ser embargados, situación que desde el punto de vista doctrinal puede resolverse de varias maneras: 

  • Acreditación fehaciente de la titularidad de tales bienes como del deudor.
  • Facultar al tribunal para que valore la existencia de datos de los que pueda deducir la pertenencia a un tercero de tales bienes.
  • Actuar, a la espera de que el tercero ejerza las acciones a las que le da derecha su supuesta titularidad.

Ahora que hemos respondido a la pregunta, el concurso exprés, ¿cuándo se aplica?, vamos a ver las consecuencias de esta declaración de concurso y conclusión de forma simultánea.  La resolución que declare el juez  acordará la extinción de la empresa y,  por lo tanto, la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda. Ahora bien esta extinción de la sociedad no imposibilita que los posibles acreedores que existan, puedan iniciar reclamaciones judiciales individuales y la empresa deberá responder por los mismos. Si tu empresa está en esta situación, consúltanos. Contamos con la experiencia necesaria para analizar tu caso y ver si el concurso exprés es la mejor solución. 

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