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Los delitos económicos más habituales

Los delitos económicos más habituales

Los delitos económicos más habituales son insolvencia punible, fraude fiscal, blanqueo de capitales, delitos de apropiación indebida…

Por desgracia, los delitos económicos siguen siendo habituales en los titulares de prensa.  Insolvencia punible, fraude fiscal, blanqueo de capitales, delitos de apropiación indebida… y en general, todos aquellos incluidos en el Título XIII del Código Penal bajo el epígrafe “Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico”. A lo largo de los 70 artículos que conforman este Título, podemos encontrar la definición de cada uno de estos delitos económicos, así como los elementos que los caracterizan y las penas que se contemplan para el sujeto que los comete, incluidos agravantes y otros aspectos.

Todos los delitos económicos tienen como elementos comunes la intencionalidad (voluntad expresa para cometerlos), el lucro (beneficio ilícito en detrimento de otras personas) y el engaño. Además, hay que tener presente que tras la reforma del Código Penal producida por la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, no solo son responsables las personas físicas sino que también puede serlo las empresas o personas jurídicas. Esto aumenta la ya de por si alta complejidad de los delitos económicos.

¿Cuáles son los delitos económicos más habituales?

  • Delitos fiscales. Son los que cometen personas y empresas al omitir declarar los ingresos percibidos a la hacienda pública. Esta omisión es constitutiva de delito y no solo de infracción administrativa, cuando las cantidades defraudadas exceden los 120.000 euros. Pueden acarrear penas de cárcel si se demuestra que el defraudador ha tenido intención de evitar el pago.
  • Fraude. Son delitos muy variados, con un aspecto en común: el uso del engaño para obtener un lucro que no se debería alcanzar. Los más habituales son el fraude al seguro y el fraude fiscal o a la Seguridad Social.
  • Delitos de apropiación indebida. Se cometen cuando hay una apropiación ilegal de bienes patrimoniales, dinero o activos. Una persona (que puede ser un administrador, socio, …) traiciona la confianza de otra, apropiándose de bienes que no le pertenecen. Es imprescindible la voluntad dolosa de obtener un beneficio propio con daño a otra persona. En el pasado, este delito era tipificado como estafa, pero tras la reforma del Código Penal se le confirió personalidad propia.
  • Blanqueo de capitales. Se produce al tratar de encubrir mediante operaciones financieras el origen criminal o ilegal de fondos. También por poseer o usar dinero o bienes obtenidos mediante la comisión de un delito. Las autoridades realizan auditorías de prevención de blanqueo de capitales cada poco tiempo para evitar este tipo de delitos. Estas auditorías se realizan a entidades aseguradoras, promotores inmobiliarios o servicios de inversión, entre otros.

A esta relación se añaden la corrupción y el soborno, la manipulación contable y el ciberfraude. Además, la globalización hace que los delitos económicos se vuelvan más complejos y aparezcan nuevas amenazas. Por ello es importante contar con abogados altamente cualificados y con amplia experiencia. Tanto para evitar incurrir en alguno de los tipos penales, como para defender a sus clientes ante acusaciones de fraude fiscal, blanqueo de capitales o fraude societario, que implican muchas ramificaciones e investigaciones y/o para asesorar a empresarios y directivos en el desarrollo de un sistema de cumplimiento de las normas y de buena conducta, Compliance, que hoy en día es fundamental para evitar o minimizar las responsabilidades penales que pueden tener que soportar sus empresas o incluso ellos mismos como representantes legales.

En Sirera y Saval contamos con profesionales expertos tanto en derecho penal económico como en Compliance, ya que desde hace más de una década una de nuestras bases de asesoramiento es la actualización legislativa constante y el cumplimiento normativo. Podemos defender de manera efectiva sus intereses si está afectado por un hecho tipificado y punible, así como asesorarle sobre los programas de control y cumplimiento normativo que debe tener su empresa.

Sirera y Saval Abogados

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