
¿Debe una empresa concursada cesar su actividad?
¿Debe una empresa concursada cesar su actividad? El concurso de acreedores tiene un estigma, ya que muchas veces se asocia al cierre de una empresa. Y no siempre es cierto, sino que puede ser una solución para garantizar la continuidad de una compañía. De ahí una empresa concursada no deba nunca cesar su actividad mientras dure el proceso.
Dos son los objetivos principales de un concurso. Por un lado, garantizar que los deudores cobren, al menos una parte de la deuda pendiente. Por otro lado, se trata de garantizar la continuidad de la empresa. Y para que ambos objetivos se cumplan es clave que una empresa concursada no cese su actividad.
La actual coyuntura incrementa el número de concursos
En la actualidad muchas empresas se ven abocados a solicitar un concurso de acreedores. Según el informe del Registro Mercantil del Colegio de Registradores de España, los concursos aumentaron un 15,6% sobre el mismo mes de 2021. Además, se espera que el fin de la moratoria concursal (el pasado 30 de junio), produzca incrementos mayores.
Y es a los efectos de la crisis de la covid-19, las empresas se han encontrado con las consecuencias de la guerra de Ucrania, lo que ha provocado un incremento de costes que ha impactado duramente en sus cuentas y muchas compañías se están viendo abocadas a solicitar el concurso.
Sin embargo, a diferencia de otras ocasiones, las circunstancias actuales hacen que un proceso concursal ya no se vea como el fin de una empresa, sino como una segunda oportunidad, si sus acreedores entienden la conveniencia de una flexibilización en sus obligaciones de pago, tanto mediante reducción del importe a pagar, como mediante alargamiento del plazo de pago.
La segunda oportunidad del concurso de acreedores
Precisamente ese estigma que persigue al concurso hace que muchas veces se piense que lo mejor es cesar la actividad de la empresa y esperar a ver qué pasa. Y es un error en el que no se debe caer porque puede agravar la situación.
Lo mejor es dar la cara, intentar recabar la colaboración de todos los implicados (trabajadores, clientes, proveedores, entidades financieras, …), con planteamientos de viabilidad rigurosos y manteniendo la actividad normal de la compañía.
De hecho, la actual Ley Concursal proporciona herramientas para que eso ocurra y salvar la empresa. Y es que llegar a un acuerdo de ese tipo con los acreedores supone múltiples ventajas para todos los implicados.
Los acreedores pueden recuperar una parte de su deuda y normalmente mucho mayor que si la empresa se liquida.
La empresa concursada puede continuar en el mercado y en mejores condiciones. Sin olvidar que los trabajadores conservan su empleo.
Para ello es fundamental un diagnóstico acertado de la situación concreta de la empresa, así como contar con el asesoramiento experto para realizar una buena negociación con los acreedores y la planificación de las acciones necesarias que permitirán garantizar la supervivencia de la empresa.
De ahí que ante la pregunta ¿debe una empresa concursada cesar su actividad?, la respuesta sea ‘NO’, y menos en las circunstancias actuales donde se llega al concurso más por un problema de teoría que por un problema estructural de la compañía.
Solo hay una situación en el que una empresa concursada puede cesar su actividad: cuando se solicite la liquidación de la empresa junto al concurso de acreedores. En estos casos, debe valorarse la posibilidad de acudir al “concurso express”, para resolver rápidamente la situación y evitar alargar un proceso que, en este caso, no beneficia a nadie.
Sirera Saval Abogados
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