Donaciones dentro del matrimonio
Cómo hacer donaciones dentro del matrimonio
Las admisión o prohibición de las donaciones entre cónyuges en España ha sufrido variaciones a lo largo del tiempo. Durante mucho tiempo estaba prohibida basándose en la posibilidad de que uno de los cónyuges influyera en el otro y la donación fuese fraudulenta.
En la actualidad, el artículo 1.323 del Código Civil determina que los cónyuges pueden transmitirse por cualquier título bienes y derechos y celebrar entre si toda clase de contratos. Tal y como señala el Código Civil, la donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa a favor de otra, el donatario, que debe aceptarla para hacerse efectiva.
Las donaciones dentro del matrimonio
Las donaciones que se llevan a cabo entre cónyuges tienen esta misma consideración, salvo que se trate de una donación por razón de matrimonio, contemplada en el artículo 1.336 del Código Civil, que “cualquier persona hace, antes de celebrarse, en consideración al mismo y en favor de uno o de los dos esposos”.
Siguiendo lo que dicta el Código Civil, en el artículo 1.341 se recoge la admisión de las donaciones en el seno del matrimonio y también antes de celebrarse. Se habla de que los futuros esposos podrán donarse bienes presentes por razón de matrimonio y también se permite la donación de bienes futuros antes de contraer matrimonio. En este caso es necesario que se realicen capitulaciones matrimoniales en escritura pública y solo para el caso de muerte. Además deben seguirse las disposiciones referentes a la sucesión testada.
A grandes rasgos, la donación se trata de un «regalo» con el que se pretende beneficiar a la persona que lo recibe. Pero hay que tener en cuenta que este «regalo» tienen un coste para ambas partes, ya que está gravado con varios impuestos. Y eso es importante para saber cómo hacer donaciones dentro del matrimonio.
Los impuestos en la donación matrimonial
Por supuesto, en este cómo hacer donaciones dentro del matrimonio hay que tener en cuenta diversos impuestos. El beneficiario de la donación, siempre que la acepte, tendrá que hacer frente al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Un tributo cuya regulación está cedido a las diferentes comunidades autónomas y que, como sucede en el caso de la Comunidad Valenciana, puede establecer importantes reducciones o bonificaciones.
Condiciones a cambio de la donación
Por otro lado, los donantes pueden imponer determinadas condiciones a cambio de la donación. Como reservarse algún derecho sobre el bien donado, como el usufructo, en el caso de los bienes inmuebles. O someter la donación al cumplimiento de un plazo o a una condición, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la ley.
- Se habla de plazo o término cuando se condiciona la donación a un acontecimiento futuro y seguro (por ejemplo, la jubilación o la mayoría de edad en el caso de los hijos).
- Mientras que si el acontecimiento señalado para hacer efectiva la donación es futuro e incierto estaríamos hablando de una condición (por ejemplo, contraer matrimonio o estudiar una determinada carrera).
En ambos casos, la donación existe, pero su eficacia queda supeditada al cumplimiento de las circunstancias exigidas por el plazo o la condición.
Cuándo se puede revocar la donación en el matrimonio
Además, el Código Civil contempla la revocación de la donación “por causa de ingratitud” cuando:
- El donatario comete algún delito contra la persona, contra el honor o contra los bienes del donante.
- Si el donatario acusa al donante de alguno de los delitos que dan lugar a procedimientos de oficio o acusación pública (robo, violación, fraude…), aunque lo pruebe.
- Otras causas de revocación de la donación. Como por ejemplo, el donante sin hijos podrá revocar la donación si, después de realizada esta, tiene un hijo. O si el donante sin descendientes, después de realizada la donación, resulta que el hijo que se creía fallecido está vivo.
- Incumplimiento de cargas: Cuando el donatario voluntariamente deje de cumplir alguna de las condiciones que el donante le impuso.
Si quieres saber más de cómo hacer donaciones dentro del matrimonio, pregúntanos. En Sirera y Saval te asesoraremos sobre los pasos a seguir y los trámites que existen.
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