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¿Qué consecuencias puede tener no realizar un test de alcoholemia?

¿Qué consecuencias puede tener no realizar un test de alcoholemia?

No someterse a un test de alcoholemia es un delito tipificado en el código penal

El alcohol es uno de los principales factores de riesgo más frecuentemente implicados en los accidentes de tráfico. Solo un dato de la DGT explica la gravedad de este problema: la causa de muerte más frecuente entre los  jóvenes de 16 a 24 años son los accidentes de tráfico en los que los conductores han consumido alcohol u otras drogas. 

Proteger la seguridad vial es obligación de la Administración Pública. Y para ello, los test y controles de alcoholemia son una de las principales medidas para reducir la mortalidad, morbilidad y limitaciones ocasionadas por la conducción bajo los efectos del alcohol.

¿Quién puede ser requerido a hacer un test de alcoholemia?

Todos, conductores, viandantes y ciclistas, podemos ser requeridos por un agente de la autoridad para someternos a un test de alcoholemia cuando:

  • Exista un control preventivo de alcoholemia. 
  • Cuando como conductores o viandantes nos hayamos visto involucrados en un accidente de circulación. 
  • Se ha cometido una infracción de tráfico y se evidencien síntomas de estar conduciendo bajo la influencia del alcohol u otras sustancias. 

¿Te puedes negar a hacer un control de alcoholemia?

Pero, ¿qué puede pasar si nos negamos a someternos a un control de alcoholemia? Estaremos cometiendo un delito tipificado en el artículo 383 del Código Penal:

 “El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas (…), será castigado con penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

Es más, un juez puede condenar por los dos delitos a la vez.  Es decir, por un lado por el delito de alcoholemia si, a través de los síntomas físicos, puede desprenderse la influencia etílica en la conducción, y por el otro, por el  delito de desobediencia por negarse a someter a la prueba requerida por la autoridad. 

Es más, las penas establecidas por negarse a realizar las pruebas de alcoholemia son más graves que las establecidas por conducir bajo los efectos del alcohol. Por tanto, aún teniendo la sospecha de que en el control de alcoholemia el resultado será positivo, negarse a efectuar las pruebas solo puede acarear una mayor dureza en la condena.

Cuándo se puede condenar al alguien por el delito de desobediencia

No obstante, para que una persona pueda ser condenada por el delito de desobediencia por no someterse a las pruebas de alcoholemia, deben concurrir los siguientes requisitos: 

  • Requerimiento expreso y directo del agente de la autoridad.
  • Negativa expresa y directa del requerido.
  • Apercibimiento de que la negativa a someterse a la prueba puede tener las consecuencias penales mencionadas y que se regulan en el articulo 383 del CP.
  • Persistencia en la negativa del requerido.

Además, esa circunstancia también se da en caso de hacerse necesaria una segunda prueba. Por ejemplo, si al hacer el control de alcoholemia el resultado es positivo (el volumen de alcohol es superior a 0,5 gramos por litro de sangre, o a 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado), o sin alcanzar estos límites, la persona tiene síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente puede solicitar la práctica de una segunda prueba mediante un procedimiento similar. En este caso si el conductor que se negara a la realización de esta segunda prueba no quedará exento de responsabilidad penal por el mero hecho de haberse sometido a la primera.

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