La plusvalía municipal y su reclamación
La plusvalía municipal es un tributo directo gestionado por las ayuntamientos
Si te has planteado vender una casa, es posible que no hayas pensado en los impuestos que vas a tener que pagar por ello. Cuando hagas números o te asesoren al respecto de la fiscalidad de la operación, verás que la plusvalía municipal (IIVTNU) es uno de esos impuestos a tener en cuenta y que, además, es un aspecto de mucha actualidad.
La plusvalía o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU) es un tributo directo gestionado por los ayuntamientos. Está regulado por el Real Decreto 2/2004, que establece también cómo se calcula y determina que debe pagarlo el vendedor.
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?
Los ayuntamientos calculan el impuesto teniendo en cuenta el aumento del valor del terreno -y solo del terreno- producido desde la compra y hasta la venta, tomando como punto de referencia el dato de valor que se utiliza para calcular el IBI. Una de las particularidades de la plusvalía municipal es que se aplica a cualquier transmisión de la vivienda, sin importar la fórmula (venta, donación o herencia).
¿Por qué existe una polémica jurídica sobre la plusvalía?
En otras palabras, desde siempre y aun hoy, aunque pierdas dinero con la venta de la casa, tu ayuntamiento va a exigir que pagues la plusvalía. Es precisamente ahí donde radica la polémica jurídica que ha provocado una avalancha de reclamaciones que han terminado con distintas sentencias firmes de los Tribunales Superiores de Justicia, del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.
En concreto, la sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de mayo de 2017 estableció que la fórmula que los ayuntamientos vienen utilizando para calcular la plusvalía atendiendo al índice de revalorización no es siempre correcta, algo que también determinó el Tribunal Supremo en 2017 en una sentencia previa. Es definitiva, tras estas sentencias, si te han liquidado y/o cobrado la plusvalía municipal en un caso en que has perdido dinero, vas a poder reclamarla. Distintas sentencias del Tribunal Supremo posteriores a las citadas, aclaran las condiciones que deben darse y como puede probar el ciudadano que no se ha producido incremento de valor.
Las diferentes sentencias establecen que no es ajustado a derecho pagar impuestos cuando no hay ganancia. O sea, que si has perdido dinero al vender tu casa, no tiene sentido ni es lógico que además tengas que pagar impuestos adicionales.
Cómo demostrar que no se ha de pagar plusvalía
La responsabilidad de demostrar que no hay que pagar la plusvalía recae inicialmente sobre el contribuyente. Eres tú quien que debe aportar las pruebas de que no has ganado dinero con la venta de la casa. ¿Cómo acreditarlo? Aunque existen otros mecanismos, el Tribunal Supremo pone tres ejemplos:
– La diferencia entre el valor de compra y de transmisión de las escrituras públicas de compra y de venta.
– La autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que es como el IVA aplicado a objetos de segunda mano, incluida la vivienda.
– Informes periciales (tasaciones) que acrediten que el valor del terreno no ha aumentado y que has perdido dinero con la casa, que no ha habido plusvalía.
El ciudadano tiene cuatro años para reclamar la plusvalía desde el momento en que la pagó. Para hacerlo, debes empezar por poner una reclamación ante el ayuntamiento. Si no te dan la razón deberás seguir con el proceso, recurrir y/o poner una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Municipal en un plazo de 30 días según sea el caso. Pero cuidado, porque si la liquidación practicada por el Ayuntamiento es posterior a estas sentencias, a priori, la única vía para anularla es recurrirla para lo que el plazo es de 30 días desde que se recibe la notificación.
Si pese a todo siguen sin darte la razón la vía judicial siempre está disponible, en la que tendrías que estar bien respaldado por un bufete de letrados como, por ejemplo, el nuestro, cuyos profesionales atesoran enorme experiencia en estos temas. En Sirera y Saval contamos con un equipo especializado de abogados que pueden asesorarte y defenderte en cualquier cuestión relacionada con la Administración.
Es probable que el ayuntamiento siga reclamando pues en definitiva, son importes que pasan a engrosar sus arcas y a las que prefieren no tener que renunciar. Si lo hace, tus opciones son negarte a pagar y poner una reclamación en ese momento o pagar -evitar intereses- e iniciar el proceso judicial correspondiente.
Sirera + Saval Abogados
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