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¿Puede tramitarse un ERE durante un concurso de acreedores?

¿Puede tramitarse un ERE durante un concurso de acreedores?

El concurso de acreedores tiene una imagen que no se ajusta a la realidad. En muchas ocasiones está asociado al cierre de la empresa, cuando en realidad es un procedimiento que permite reestructurar gastos, equilibrar balances y disponer de una segunda oportunidad a muchas compañías.

De ahí que la respuesta a la pregunta ¿puede tramitarse un ERE durante un concurso de acreedores?, sea SÍ. ERE y concurso de acreedores son dos soluciones que bien aplicadas pueden ayudar a mantener, recuperar o mejorar la actividad de tu empresa.

Con la regulación actual, el ERE es posible tanto antes como durante el concurso de acreedores y dentro de sus trámites, permite llevar a cabo ajustes en la plantilla y sus condiciones laborales que puedan ayudar a mejorar la situación de la empresa o evitar su cierre.

Una solución práctica y legalmente posible

Tramitar un ERE durante un concurso de acreedores es una solución muy práctica para empresas que necesitan reestructurar sus deudas, y a la vez, desarrollar un plan de viabilidad a corto plazo, que permita empezar de inmediato a recortar gastos.

Eso sí, es fundamental que a la hora de llevarlo a cabo cuentes con el asesoramiento de un equipo legal profesional y con experiencia, que vele por tus intereses con una visión global y te ofrezca la mejor solución posible para afrontar la crisis de tu empresa.

La duda surge cuando esa empresa presenta un concurso de acreedores y, con anterioridad, se había acogido a un ERTE por causa de la covid-19.

En esos casos, estas empresas no habían tenido que hacer frente a las cuotas a la Seguridad Social a cambio de un compromiso de mantener el empleo de los trabajadores afectados por la regulación hasta 6 meses después de haberse acogido al ERTE.

Sin embargo, tras el fin de la moratoria de la obligación de presentar concurso de acreedores el pasado 30 de junio, ya se están presentando muchos concursos de acreedores en los juzgados y antes o durante el concurso, también EREs. ¿Qué puede ocurrir entonces a esas empresas?

Cada caso es diferente y los juzgados deberán estudiarlo de forma individual. Pero sí que es cierto que ya se han tramitado EREs posteriores a los iniciales motivados por el COVID-19 que han sido avalados por los tribunales, al entender que su causa era distinta o venían motivados por causas que ya existían antes de la crisis sanitaria. 

¿Cómo se tramita un ERE durante un concurso de acreedores?

Una vez la empresa es declarada en concurso de acreedores, el ERE ha de tramitarse ante el juez del concurso, justificando las causas, los objetivos, así como explicando la viabilidad futura de la empresa y del empleo. Pueden iniciarlo tanto la empresa como el administrador concursal.

El juez consultará a las partes (concursado, a los trabajadores y a la administración concursal) para llegar a un acuerdo. El resultado de las negociaciones (exista o no acuerdo) se traslada a la autoridad laboral para que informe al respecto.

Tras recibir ese informe de la autoridad laboral, el juez del concurso dicta resolución aceptando o rechazando el ERE. Lo habitual es que el ERE sea aprobado. No obstante, contra el auto dictado por el juez, se podrá interponer recurso de suplicación ante la jurisdicción social tanto por la administración concursal, como por el concursado, los trabajadores y el fondo de garantía salarial.

Con todo es importante contar con un buen asesoramiento que garantice el éxito del proceso y sobre todo que vaya encaminado a asegurar la viabilidad de la empresa y a proteger sus intereses. De ahí la necesidad de contar con profesionales como los de Sirera y Saval Abogados que en este campo ofrecen una experiencia contrastada.

Sirera y Saval

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