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Las comunidades de propietarios y los impagos

Las comunidades de propietarios y los impagos

Son muchas las comunidades de propietarios con vecinos que acumulan impagos, te decimos que hacer ante un vecino moroso

El impago de los gastos de la comunidad por algún vecino es algo que por desgracia existe con bastante frecuencia en las comunidades de propietarios. Saber qué hacer ante un vecino moroso es fundamental para que esas deudas pendientes puedan cobrarse y no produzcan un perjuicio al resto de la comunidad.

Cómo reclamar un impago en una Comunidad de Propietarios

Antes de reclamar judicialmente la deuda es muy aconsejable reclamar de forma amistosa al propietario deudor e intentar alcanzar un acuerdo, por ejemplo, de pago de la deuda de forma aplazada. Para ello, es importante es cuantificar la deuda correctamente. El administrador de la comunidad, si lo hay, deberá cotejar el importe que se debe y los conceptos (gastos ordinarios y extraordinarios de la comunidad de propietarios).

A continuación, el administrador o el presidente pueden ponerse en contacto con el propietario moroso e intentar un acuerdo de pago. Si el propietario incumple el pago, se podría enviar un burofax con acuse de recibo y certificado de texto.

En el burofax se debe detallar, como decimos, el importe de la deuda; los conceptos a los que corresponde cada importe; el plazo para pagar;  la forma de pago y el anuncio de la presentación de la demanda en el caso de que no se pague en el plazo establecido.

Es aconsejable que el burofax lo redacte un abogado especializado para que posteriormente pueda ser utilizado en una demanda judicial.

¿Qué hacer cuando se reclama la deuda a un propietario y no la paga?

Lo primero que se tendrá que hacer es reunir a la Junta de Propietarios de la Comunidad para aprobar, como uno de los puntos del orden del día, el importe que se debe y el inicio de las acciones judiciales.

El acta se deberá comunicar a todos los vecinos. En el caso en que el vecino moroso no reciba la notificación del acta de la junta, se deberá exponer en el tablón de anuncios de la comunidad.

A continuación, se deberá elaborar un certificado del acta que se firmará por el Secretario de la Comunidad y por el Presidente. Con ese certificado del acta se puede presentar la llamada petición inicial de procedimiento monitorio, que consiste en una demanda sencilla que se presenta ante el Juzgado que corresponda al domicilio del demandado (el vecino deudor) o al lugar en el que se encuentra el inmueble.

Una vez que la demanda sea admitida por el juzgado se le comunicará al demandado que tendrá 20 días para pagar la deuda o bien oponerse a la demanda aportando las pruebas que estime oportunas. En este caso, la comunidad de vecinos deberá comenzar un proceso ordinario para reclamar la deuda. No obstante, es importante contar con asesoramiento pues, en determinados supuestos es más conveniente o incluso necesario promover demandas distintas: tercerías de mejor derecho, demandas declarativas de preferencia frente a otros acreedores (embargos, hipotecas), etc.

Es muy importante tener claro que el responsable del pago de los gastos de la comunidad siempre será el propietario de la vivienda y nunca el arrendatario o cesionario, independientemente de lo que se haya pactado en el contrato de arrendamiento.

¿Qué pasa si se vende una vivienda cuyos propietarios tienen impagos con la Comunidad de Propietarios?

En caso de venta de la vivienda, la Ley de Propiedad Horizontal prevé que el nuevo dueño deberá responder de las deudas pendientes con la comunidad que se correspondan con el año natural de la compra así como de los tres años anteriores. Por este motivo, en las compraventas el vendedor aportará un certificado de estar al corriente de los gastos de comunidad. Si se aprobaron gastos extraordinarios que se abonaran de forma diferida, el nuevo propietario deberá abonarlos cuando le sean exigibles. Conviene informarse antes de la compra si hay gastos extraordinarios pendientes de pago.

Ante cualquier duda sobre este tema antes de tomar una decisión, consúltanos. En Sirera y Saval contamos con un equipo de profesionales que sabrá cómo resolver las dudas de vuestra comunidad y os ayudarán para que podáis reclamar a los morosos con las garantías y la seguridad necesarias. 

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